IV INSTALACIONES. USO Y CONSERVACIÓN DE LAS MISMAS.

 

    El Centro es el lugar donde se va a desarrollar la mayor parte de actividades lectivas, así pues, necesitamos ( por lo que procuraremos) que todas sus dependencias, mobiliario e instalaciones estén en las mejores condiciones posibles. Con este fin, todos los usuarios/as del mismo contribuiremos responsablemente a un óptimo uso y conservación  a través del cumplimiento de las siguientes normas:

 

·        Se mantendrá el suelo limpio en todas las dependencias, tanto de dentro como de fuera del edificio (aulas, pasillos, lavabos, aulas específicas, patio), por lo que papeles u otros desechos se depositarán en las papeleras.

·        Se cuidará el mobiliario existente en las aulas, evitando cualquier daño –por mínimo que fuere- en él.

·        La pizarra y la tiza se utilizarán como herramienta y material didácticos evitando cualquier otro uso indebido.

·        Está prohibido el consumo de alimentos dentro de las aulas.

·        Al terminar la última clase del día, las sillas y mesas permanecerán ordenadas, las luces apagadas y las ventanas cerradas.

·        Queda prohibido fumar en el Centro, según la normativa vigente.

·        El uso de las dependencias del Centro por parte de miembros de la comunidad educativa, para actividades extraordinarias, no regulares o fuera de horario lectivo, se solicitarán a la dirección del Centro que, previo estudio, concederá su uso responsabilizándose los solicitantes de su limpieza y orden.

·        Los colectivos ajenos al Centro que deseen utilizar las instalaciones del mismo, deberán solicitarlo a la Dirección con suficiente antelación.

·        Todas las incidencias relativas a conservación y limpieza se comunicarán al Secretario/a del Instituto.

·        En el caso de producirse algún desperfecto en las instalaciones se distinguirán los daños ocasionados por uso de los del abuso. En el segundo caso las reparaciones correrán a cargo de los responsables.

·        Las instalaciones del Centro podrán ser utilizadas fuera del horario lectivo, previa autorización del Consejo Escolar, a cambio de una contraprestación económica o en servicios para el Centro, y haciéndose cargo, la entidad solicitante, de los honorarios del conserje, y de cuidar de la seguridad del Centro.